Negocios | 28/06/2021
SE HA ABIERTO UN REGISTRO PARA QUE EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS SE INSCRIBAN Y PUEDAN OPTAR A LAS AYUDAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL EN RESPUESTA A LA COVID-19. ESTAS AYUDAS ESTÁN DESTINADAS A PAGAR A PROVEÏDORS, PAGAR COSTES FIJOS, REDUCIR LAS DEUDAS DERIVADAS DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA I EN CASO DE REMANENTE, DEUDAS CON ACREEDORES BANCARIOS, CON EL OBJETIVO D'ALLEUGERIR LA AFECTACIÓN CAUSADA POR LA COVID-19 Y DAR APOYO A LA SOLVENCIA DEL SECTOR PRIVADO A CATALUNYA.També se ha activado una línea concreta para empresas de servicios donde se incluyen las agencias de viajes detallistas, bares y restaurantes, servicios de comer preparado y càtering entre otros.
Presentación de solicitudes de inscripción previa
El formulario de inscripción previa se puede presentar desde las 9.00 horas del día 21 de junio de 2021 hasta el día 30 de junio de 2021 a las 15.00 horas. La orden de presentación no mujer prioridad.
Hay que presentar el formulario de inscripción previa dentro del plazo, llenado con los datos requeridos, este formulario produce los efectos de solicitud de la ayuda y no habrá que hacer ningún otro trámite para pedirlo.
Pueden hacer la inscripción previa las personas empresarias o profesionales y empresas:
-que realicen alguna de las actividades económicas incluidas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) que se encuentran en el listado de la orden por la cual se abre el trámite de inscripción previa
-que hayan realizado y declarado, o bien que se haya comprobado por parte de la Administración, esta actividad durante el 2019 y en el 2020,
-que la continúen ejerciendo en la actualidad,
-y que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
Finalidad de las ayudas extraordinarias
La ayuda se destinará a satisfacer la deuda y los pagos a proveedores y otros acreedores, financieros o no financieros, así como los costes fijas incurridos pendientes de pago, siempre que éstos hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y proceden de contratas anteriores al 13 de marzo de 2021, satisfaciendo en primer lugar, los pagos a proveedores, por orden de antigüedad, y si procede, se reducirá el nominal de la deuda bancaria, priorizando la deuda con aval público.
Cantidad del importe de las ayudas
La ayuda concedida no será en ningún caso mayor que la deuda acreditada. Los importes, dentro de los límites máximos que establece el RDL 5/2021 serán:
-si se tributa por módulos se pueden recibir hasta 3.000€
-el resto de empresas y profesionales podrán recibir entre 4.000 y 200.000 €
Por otra parte, desde Empresa y Trabajo también se ha activado una línea concreta para empresas de servicios donde se incluyen las agencias de viajes detallistas, bares y restaurantes, servicios de comer preparado y càtering entre otros. Esta línea de ayudas está sujeta a la presentación de un proyecto dentro del programa. Podéis consultar la resolución por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el ámbito de comercio, los servicios y la moda. Más información en este enlace . Resta pendiente la publicación de la convocatoria.
En nuestro BOLETÍN, te ofrecemos la mejor información de la ciudad para estar al día: gastronomía, conciertos, exposiciones, festivales, ferias y congresos, deportes...
¡Todo esto, en tu e-mail!